La Alcaldía de Santa Marta, expidió el decreto número 258,
del 17 de julio de 2019, por medio del cual se toman medidas de restricción y
circulación de motocicletas, motociclos, mototriciclos, motocarros y
cuatrimotos en esta ciudad.
De acuerdo al decreto que lleva la firma de la directora
Jurídica y delegataria con funciones de Alcaldesa Distrital encargada, Martha Isabel Castañeda Curvelo, y la
secretaria de Movilidad Multimodal y Sostenible, Claudia Patricia García
Burgos; se decreta la restricción de circulación de motocicletas, motociclos, mototriciclos,
motocarros y cuatrimotos, en el área urbana de la jurisdicción del Distrito de
Santa Marta. los días quince (15) y treinta (30) de cada mes.
Se exceptúa de esta restricción a los vehículos tipo motocicletas, motociclos, mototriciclos,
motocarros y cuatrimotos, utilizados por la caravana presidencial; los
organismos de seguridad del Estado que pertenezcan y hagan parte de las Fuerzas
Armadas de Colombia, Policía Nacional, Cuerpo Técnico de investigación
(C.T.I.), INPEC, Fiscalía General de la Nación y los que ejerzan funciones
legales de Policía Nacional.
De igual forma, quedan excluidos los vehículos de entidades
oficiales debidamente acreditados, autoridades de tránsito, autoridades
judiciales; autoridades de control, Procuraduría, Contraloría, Personería y
Defensoría del Pueblo; personal de los
organismos de socorro, vehículos pertenecientes al cuerpo de bomberos, empresas
de vigilancia y seguridad privada; personal operativo de las empresas de
servicios públicos domiciliarios, cuerpo de control de la Secretaria de
Movilidad y personal de mensajería debidamente certificado.
Este decreto rige a partir de su publicación con vigencia
hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 2019 y deroga las disposiciones que
le sean contrarias.