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Expiden Decreto para restringir circulación de motocicletas los días 15 y 30 de cada mes


La Alcaldía de Santa Marta, expidió el decreto número 258, del 17 de julio de 2019, por medio del cual se toman medidas de restricción y circulación de motocicletas, motociclos, mototriciclos, motocarros y cuatrimotos en esta ciudad.

De acuerdo al decreto que lleva la firma de la directora Jurídica y delegataria con funciones de Alcaldesa Distrital encargada,  Martha Isabel Castañeda Curvelo, y la secretaria de Movilidad Multimodal y Sostenible, Claudia Patricia García Burgos; se decreta la restricción de circulación  de motocicletas, motociclos, mototriciclos, motocarros y cuatrimotos, en el área urbana de la jurisdicción del Distrito de Santa Marta. los días quince (15) y treinta (30) de cada mes.

Se exceptúa de esta restricción a los vehículos tipo  motocicletas, motociclos, mototriciclos, motocarros y cuatrimotos, utilizados por la caravana presidencial; los organismos de seguridad del Estado que pertenezcan y hagan parte de las Fuerzas Armadas de Colombia, Policía Nacional, Cuerpo Técnico de investigación (C.T.I.), INPEC, Fiscalía General de la Nación y los que ejerzan funciones legales de Policía Nacional.

De igual forma, quedan excluidos los vehículos de entidades oficiales debidamente acreditados, autoridades de tránsito, autoridades judiciales; autoridades de control, Procuraduría, Contraloría, Personería y Defensoría del Pueblo;  personal de los organismos de socorro, vehículos pertenecientes al cuerpo de bomberos, empresas de vigilancia y seguridad privada; personal operativo de las empresas de servicios públicos domiciliarios, cuerpo de control de la Secretaria de Movilidad y personal de mensajería debidamente certificado.

Este decreto rige a partir de su publicación con vigencia hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 2019 y deroga las disposiciones que le sean contrarias.