La Unidad de Rentas ha venido realizando un despliegue
amplio en relación con la fiscalización de contribuyentes que hoy en día no
están cumpliendo con sus deberes formales y sustanciales, en relación con el
pago y declaración del impuesto de industria y comercio en el distrito de Santa
Marta.
Es por ello que se viene realizando acciones de visitas a
los establecimientos de comercio no inscrito en la base de datos. Igualmente se
ha suscrito convenio con entidades como la Cámara de Comercio, a efectos
de poder cruzar información de los
contribuyentes e inscribirlos de manera oficial.
Actualmente la
Secretaría de Hacienda Distrital, cuenta con toda la información de
comerciantes inscritos en la Cámara de
Comercio, permitiendo realizar cruces y verificaciones con la base de datos de
la Alcaldía, para establecer quienes hoy en día se encuentran en mora de
cumplir con sus deberes de declarar y pagar el impuesto de industria y
comercio.
Toda persona que realice cualquier actividad industrial,
comercial y de servicios en la jurisdicción del distrito de Santa Marta, debe
acercarse a verificar sus obligaciones en cuanto a declaración y pago de
industria y comercio, de acuerdo al régimen al cual pertenecen.
Es importante realizar este trámite, ya que el
incumplimiento genera sanciones e
intereses moratorios, que hacen más onerosa la carga tributaria para el
contribuyente, ocasionando hasta el cierre del establecimiento de no cumplir
con sus obligaciones.
Del ejercicio que ha efectuado la Secretaría de Hacienda
Distrital, se ha logrado identificar que por lo menos un 60% o 70% de los
comerciante de Santa Marta, naturales y jurídicas que realizan su actividad, no
se encuentran tributando al fisco; siendo objetos de todos los programas de
fiscalización que se vienen desplegando, con resultados próximos de imposición
de sanciones y medidas coercitivas para que cumplan sus obligaciones.
Es importante que los contribuyentes se pongan al día y
eviten hacer más onerosa su situación. Quien no se inscriba serán objetos de
sanciones por no declarar que impone la administración y sanciones por extemporaneidad, en el evento
en que declaren con los intereses moratorios que hacen onerosa esta situación,
hasta el cierre del establecimiento de no llegar a inscribirse y cumplir con
sus obligaciones.